martes, 13 de septiembre de 2016

Comparativa de Objetivos de UGC 2015

EVALUACIÓN ACUERDOS DE GESTIÓN 2015
DS CORDOBA - GUADALQUIVIR
enero - diciembre 2015
2015_Obj Generales 2015_Obj Críticos 2015_Objetivos totales (sobre 100)
UGC Obj. Comunes (50%) Obj. Específicos (50%) Total Obj. Comunes (50%) Obj. Específicos (50%) Total Obj. Generales (75%) Obj. Críticos (25%) Total
Occidente ''Azahara'' 44,64 44,60 89,23 41,91 50,00 91,91 66,92 22,98 89,90
Fuente Palmera 43,63 47,50 91,13 32,49 48,70 81,19 68,35 20,30 88,65
Lucano 46,24 44,71 90,95 36,41 41,33 77,74 68,21 19,44 87,65
Levante Sur 43,27 50,00 93,27 33,41 34,26 67,67 69,95 16,92 86,87
Santa Rosa 43,93 44,62 88,55 34,15 41,53 75,68 66,41 18,92 85,33
Poniente 46,34 39,88 86,22 34,91 42,78 77,69 64,66 19,42 84,08
Sector Sur  45,35 43,21 88,56 29,36 39,79 69,15 66,42 17,29 83,71
La Sierra 46,00 40,70 86,70 42,50 32,00 74,50 65,03 18,63 83,65
Montoro 35,44 48,41 83,85 27,15 46,37 73,52 62,89 18,38 81,27
Carlos Castilla del Pino 46,00 38,13 84,13 29,32 41,96 71,28 63,10 17,82 80,92
Huerta de la Reina 43,00 41,21 84,21 21,34 46,66 68,00 63,16 17,00 80,16
Palma del Río 43,75 28,16 71,91 44,64 50,00 94,64 53,93 23,66 77,59
La Carlota 43,00 42,12 85,12 22,62 24,00 46,62 63,84 11,66 75,50
Bujalance 42,57 37,22 79,79 23,53 37,88 61,41 59,84 15,35 75,20
Posadas 41,00 34,19 75,19 24,93 45,34 70,27 56,39 17,57 73,96
Guadalquivir 48,00 27,30 75,30 29,24 40,25 69,49 56,48 17,37 73,85
Fuensanta 43,00 29,48 72,48 21,79 34,79 56,58 54,36 14,15 68,51
Aeropuerto  43,00 26,32 69,32 25,53 37,87 63,41 51,99 15,85 67,84
Levante-Norte de Córdoba 33,00 37,61 70,61 24,47 34,61 59,08 52,96 14,77 67,73
DCCU 34,63 37,50 72,13 52,68 0,00 52,68 54,10 13,17 67,27
Colón 43,43 27,68 71,11 30,92 21,82 52,74 53,33 13,19 66,52
Media Distrito  42,82 38,60 81,42 31,59 37,71 69,30 61,06 17,32 78,39
VERDE- MAS DEL 70% OBJETIVOS CONSEGUIDOS
NARANJA- ENTRE EL 60 Y EL 70 %
ROJO - MENOS DEL 60 % DE OBJETIVOS CONSEGUIDOS









miércoles, 25 de diciembre de 2013

Terapia de compresión

Gestión de las heridas Productos > Terapia de compresión

Terapia de compresión



La compresión externa es la terapia básica para el tratamiento de la insuficiencia venosa crónica (IVC). El cuadro clínico de la IVC comprende todos los trastornos del flujo venoso en las extremidades inferiores cuyo origen puede estar, por ejemplo, en un funcionamiento insuficiente de las válvulas venosas, en un estrechamiento de las venas, así como en una insuficiencia de la bomba venosa. El resultado es un deterioro de la microcirculacion que ocasiona un daño en el tejido conjuntivo y que puede traducirse en una ulceración venosa.

De la suela balancín a la tendinitis


Los podólogos advierten de los efectos de un mal uso de este calzado, que en EE UU suma más de 1.500 denuncias por daños

08.12.2013 | 02:56
Javier Pascual, ayer, tras su ponencia.
Javier Pascual, ayer, tras su ponencia. 
El calzado de balancín o MBT utilizado por muchos para mejorar la tonificación muscular puede llegar a tener repercusiones negativas para la salud. Lo advirtieron algunos de los participantes en las IV Jornadas internacionales de podología en la sesión inaugural, el pasado viernes, y ayer el podólogo Javier Pascual, secretario de la Asociación Española de Cirugía Podológica, incidió en que este tipo de calzado puede provocar cambios relevantes en el tobillo. "Aunque mejora el control postural, no todo el mundo está preparado para usarlo", aseveró el especialista.
En Estados Unidos ya existe un colectivo de afectados por estos dispositivos que suma más de 1.500 casos de denuncia. "Dicen que les han hecho daño", apuntó el doctor Pascual. La sensación de inestabilidad que generan estos zapatos (presentados generalmente en forma de zapatilla de deporte) al imitar la suela tipo balancín al paso sobre terreno natural puede provocar una mayor presión sobre la rótula. "Éste es un tipo de zapato que implica una mayor flexión de la rodilla en los desplazamientos que el zapato normal", subrayó el doctor Pascual, antes de advertir que "no están indicados para el cien por ciento de al población", y apunta directamente a casos de tendinitis de Aquiles en los que diría "que no lo usaran".
Aunque no existen estudios concluyentes, ni a favor ni en contra, sí realizó Javier Pascual un detallado repaso sobre las características de los MBT. En cuanto a la distribución de presiones cuando se camina con este tipo de calzado, citó que se registra "un incremento leve de la presión en el antepié", y aunque hay personas que lo emplean para curar el dolor metatarsal, llevar un zapato con suela de tipo balancín "se compara con el hecho de llevar un tacón alto", remarcó el especialista, con el incremento que representa sobre la presión que recibe la zona metatarsal del pie. Por ello, "no está claro que sea eficaz", advirtió. Sí parece ser beneficioso para la artrosis de tobillo.
Eso sí, en los estudios sobre gasto energético, en una comparativa con el calzado tradicional se detectó que los MBT incrementan la frecuencia cardiaca y el consumo de oxígenos de quienes los calzan, "pero no resulta significativo, y el paciente apenas lo aprecia". La ventaja de ese mayor gasto energético se contrarresta con la advertencia de los podólogos de que "no se trata de un elemento sanitario" y de que hacen falta más estudios para concretar si son más los pros que los contras. De momento, los podólogos instan a usarlos con precaución, porque "no está claro que todo el mundo pueda usarlos".

Efectividad de dos ácidos grasos hiperoxigenados

Estudio comparativo de efectividad de dos ácidos grasos hiperoxigenados en el tratamiento de úlceras de grado I en pacientes geriátricos hospitalizados

Comparative study of the effectiveness two of hyperoxygenated fatty acids in the treatment of grade I ulcers in geriatric hospitalized patients

M.D. Candela-Zamora a, M.A. Martín-Gómez a, B. Solas-Gómez a, C. Fernández-Pérez a, M. Martín-González a, L. Manzanedo-Basilio a, S. Navarro-Gorjón a, R. González-Dugo a, S. Rodríguez-Sánchez a, M.S.G. Nuñez-Marugan a, C. Nosti del Valle a, T. García-Aceña a, S. Cano-Escudero a, N. del Prado-González a,

a Unidad de Hospitalización Geriátrica de Agudos y Media Estancia, Hospital Clínico San Carlos de Madrid, Madrid, España

Palabras Clave

Úlceras por presión. Ácidos grasos hiperoxigenados. Eritema. Geriatría. Fitoterapia. Equivalencia.

Keywords

Pressure ulcers. Hyperoxygenated fatty acids. Geriatrics. Erythema. Phytotherapy. Equivalent.

Resumen

ObjetivoEvaluar si existe equivalencia entre dos tratamientos con base de ácidos grasos hiperoxigenados, AGHO y Mepentol®: AGHO y fitoterapia.
MétodoEnsayo clínico aleatorizado con triple enmascaramiento, en pacientes hospitalizados en la Unidad de Geriatría del Hospital Clínico San Carlos, entre noviembre de 2006 y enero de 2008, con dos grupos de tratamiento: intervención y control. Se determinó un límite de equivalencia teórico del 15% entre ambos. El muestreo accidental de pacientes ingresados que desarrollaron úlceras grado I. La muestra calculada de 151 úlceras.
La intervención fue la aplicación de Mepentol® al grupo control y AGHO al grupo intervención, la asignación al grupo fue aleatoria; la variable de resultado la curación: desaparición del eritema al menos 72h. Se calcula la diferencia absoluta de incidencia de curación entre ambos tratamientos y su IC del 95%.
ResultadosFinalizaron el estudio 148 úlceras (72 control y 76 intervención). Curaron 40 úlceras (55,6%) en el grupo control y 53 (69,7%) en el grupo intervención p=0,074. La diferencia de incidencia de curación entre ambos grupos de tratamiento fue del 14% (IC del 95% 29% a –1%). El límite superior del intervalo de confianza de la diferencia se encuentra fuera del margen de equivalencia.
ConclusionesNo podemos concluir que el tratamiento de ácidos grasos AGHO sea equivalente al tratamiento de Mepentol®. Con ambos tratamientos la curación es clínicamente relevante.

lunes, 25 de noviembre de 2013

Campaña buenos tratos

Filosofía del proyecto
buenos_tratos_logo.jpgLa campaña Los Buenos Tratos es un proyecto sobre Derechos Humanos, la educación en igualdad, contra la Violencia y específicamente sobre la Violencia de Género, que tiene como objetivo que los adolescentes conozcan, hablen, discutan y propongan medidas, acciones y comportamientos contra esta lacra social. Para ello, el proyecto se vale de una fórmula primaria de debate y comunicación, el Teatro, la improvisación y la interpretación como un instrumento poderoso para entender el problema, comprender sus causas y evitar sus consecuencias. Esta experiencia es única en España, ya que es la primera vez que de una forma reglada y durante todo un curso, alumnos de centros de enseñanza de Málaga, futuros protagonistas o espectadores de las situaciones que recrean en sus talleres teatrales, toman conocimiento directo sobre lo que significa la violencia de género. La raíz del éxito de la campaña Los Buenos Tratos es la utilización de talleres de teatro en institutos malagueños para sensibilizar y concienciar a adolescentes ante el fenómeno de la Violencia de Género.

Premio de la UNESCO
Recientemente, la UNESCO, a través de su centro en Madrid, ha concedido por unanimidad el Premio Dionisos de Teatro, que distingue a los proyectos teatrales con repercusión social, a la campaña Los Buenos Tratos. El acto de entrega se celebró en Málaga el pasado mes de septiembre de 2011.

Premio del Ministerio de Igualdad del Gobierno de España
La campaña Los Buenos Tratos ha sido recientemente premiada con los ‘VIII Reconocimientos contra la Violencia de Género 2011’, galardón que entregó el pasado 23 de noviembre de 2011 la entonces ministra de Sanidad, Política e Igualdad de Género del Gobierno de España, Leire Pajín, en Madrid.
Mas información pincha en el enlace: http://www.asociacionalsur.com/buenos_tratos1.htm


domingo, 6 de octubre de 2013

INFORMACION SOBRE LA NUEVA APORTACION EN MEDICAMENTOS

Tras la aprobación por parte del Gobierno de la Nación del Real Decreto Ley 16/2012 de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, se ha modificado el modelo de aportación de los usuarios y sus beneficiarios en la prestación farmacéutica ambulatoria. De esta manera, el nuevo sistema de aportación, que ha entrado en vigor el 1 de julio se resume en la siguiente tabla:
 
Activos
Pensionistas
Afectados del síndrome tóxico y personas con discapacidad en los supuestos contemplados en su normativa específica
0%0%
Perceptores de rentas de integración social
0%0%
Perceptores de pensiones no contributivas
 0%
Parados que han perdido el derecho a percibir el subsidio de desempleo en tanto subsista su situación
0% 
Personas con tratamientos derivados de accidentes de trabajo y enfermedad profesional
0%0%
Renta < 18.000 € año
40%10%Límite máximo 8 €/mes
Renta ≥ 18.000 € < 100.000 € año
50%10%Límite máximo 18 €/mes
Renta ≥ 100.000 € año
60%60%Límite máximo 60 €/mes
El Real Decreto Ley establece un límite de aportación mensual para personas pensionistas en una horquilla variable que oscila entre 8 euros al mes y 60 euros al mes en función de la renta que tenga dicha persona. Si se supera esta aportación, la normativa española indica que la comunidad autónoma correspondiente reintegrará a la persona pensionista el exceso abonado, con "una periodicidad semestral".
En Andalucía, gracias a la implantación de un sistema informático propio de receta electrónica (receta XXI), los farmacéuticos conocen en el momento de la dispensación la aportación que cada paciente ha ido haciendo, de modo que las personas pensionistas no tienen que desembolsar más aportación que la estrictamente recogida en el Real Decreto Ley, es decir, no tienen que adelantar dinero para esperar que la administración se lo devuelva al cabo de seis meses.
Es importante mencionar que:
  1. El reconocimiento y control de la condición de asegurado o de beneficiario del mismo corresponde al Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de sus direcciones provinciales, que establece los requisitos documentales a presentar en cada caso. (Art. 1.2. del RD-Ley 16/2012 modifica la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, creando un art. 3.bis que en su apartado 1)
  2. El Instituto Nacional de la Seguridad Social es quien comunica a las administraciones sanitarias competentes el dato relativo al nivel de aportación que corresponde a cada usuario de conformidad con lo establecido en la normativa reguladora de las recetas médicas y órdenes de dispensación. (Art. 4.14. del RD-Ley 16/2012 modifica la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, creando un art. 94 ter que en su apartado).
Si usted posee tarjeta del Sistema Sanitario Público de Andalucía, ha retirado medicación en otra Comunidad autónoma y necesita solicitar el reintegro, ha de completar el modelo de solicitud(278 KB)para ello y entregarlo en su centro de salud, junto con la hoja de información al paciente o fotocopia de la receta y el recibo de la oficina de farmacia donde le hayan realizado la dispensación.
Si usted es un paciente pensionista con tarjeta sanitaria de una comunidad autónoma que no es Andalucía para recibir el reintegro que, en su caso, le corresponda, le recomendamos que conserve la hoja de información al paciente o fotocopia de la receta y el recibo de la oficina de farmacia donde le hayan realizado la dispensación. Con esta documentación podrá dirigirse a su comunidad autónoma para solicitar la devolución que le corresponda.
Para cualquier aclaración pueden dirigirse tanto a la unidad de atención a la ciudadanía de su centro sanitario como a Salud Responde, a través del 902 505 060, o del correo electrónico saludresponde@juntadeandalucia.es.

COMO SOLICITAR LA TARJETA SANITARIA

Tarjeta Sanitaria

Conceptos básicos [Volver]
La Tarjeta Sanitaria es el documento que identifica individualmente a los usuarios ante el Sistema Sanitario Público de Andalucía. Además sirve para facilitar el acceso a la historia clínica electrónica en determinados casos, para prescribir mediante receta electrónica y para retirar los medicamentos en la farmacia.
Cada persona, independientemente de su edad, debe disponer de su tarjeta sanitaria individual. Los residentes en Andalucía que no disponen de tarjeta sanitaria deben solicitarla. Es importante que los niños tengan su propia tarjeta, desde el nacimiento.
También es necesario solicitar una nueva tarjeta cuando la anterior se ha perdido o deteriorado, al igual que si alguno de los datos impresos en el exterior de la tarjeta son incorrectos (por ejemplo, un DNI equivocado, apellidos o nombre incorrecto).
Solicitud presencial [Volver]
Solicitar tarjeta por primera vez, supone normalmente el registro del solicitante en la Base de Datos de Usuarios (BDU). En este caso, la solicitud debe realizarse en un Centro de Atención Primaria y aportarse la documentación que acredita la identidad y el derecho a la asistencia.
Documentos a presentar para solicitar tarjeta por primera vez:
  • DNI del titular.
  • "Cartilla de la Seguridad Social", incluyendo la hoja de beneficiarios.
  • DNI de los beneficiarios mayores de 14 años y Libro de Familia si hay algún beneficiario menor de esa edad.
Para solicitar una nueva tarjeta en caso de pérdida es suficiente con rellenar un formulario de solicitud y presentar DNI. Si la tarjeta está deteriorada, deberá entregarse al solicitar una nueva tarjeta.
Solicitud de tarjeta a través de Internet [Volver]
Procedimiento
La solicitud de tarjeta en InterS@S Enlace a la web de InterS@S (abre en ventana nueva) se dirige a aquellas personas que, siendo usuarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía según consta en la Base de Datos de Usuarios (BDU), no disponen de tarjeta física por alguna razón (no les ha llegado a su domicilio o bien la tenían pero ha desaparecido o se ha deteriorado).
Para solicitar tarjeta el primer paso es identificarse en el sistema (a través de datos personales o con certificado digital) e indicar el motivo de la solicitud (“Pérdida o robo", "Deterioro" y "No recibida). Una vez realizada la solicitud, aparece un mensaje confirmando que se ha realizado con éxito y se muestra un resguardo que puede imprimirse.
La tarjeta se envía por correo a la dirección que consta en el momento de la solicitud en la BDU y deberá recibirse en el plazo de unos 15 días.
En algunas ocasiones puede ser conveniente entregar la solicitud en el centro, por ejemplo quienes no disponen de certificado digital y han cambiado recientemente de domicilio deben indicar el cambio de dirección a través del formulario en papel para que la tarjeta le llegue a la dirección correcta. En este caso,InterS@S Enlace a la web de InterS@S (abre en ventana nueva) permite obtener e imprimir el formulario de solicitud para entregarlo en el centro de atención primaria.
Las personas que utilicen certificado digital pueden hacer el cambio de domicilio directamente en Internet. Para proteger la información de los usuarios de accesos no deseados, la consulta o cambio de domicilio enInterS@S Enlace a la web de InterS@S (abre en ventana nueva) no está disponible en caso de identificación por datos personales.
Causas de denegación y limitaciones de la solicitud a través de Internet
InterS@S Enlace a la web de InterS@S (abre en ventana nueva) permite la solicitud de tarjeta sanitaria a personas que ya son usuarias del Sistema Sanitario Público de Andalucía, por lo que al solicitar tarjeta por primera vez es necesario realizar la gestión en el centro.
Por otra parte, existen una serie de requisitos que deben cumplirse para que se llegue a gestionar la solicitud. Los más básicos son:
  • que en la Base de Datos de Usuarios figure el domicilio del usuario.
  • que haya pasado más de un mes desde la emisión de una tarjeta.
  • que no se haya devuelto una tarjeta anterior por problemas de correo.
Si existe algún problema, InterS@S Enlace a la web de InterS@S (abre en ventana nueva) muestra un mensaje específico para explicar la situación y orientar al usuario en la solución.
Observaciones [Volver]
El único requisito para solicitar tarjeta sanitaria es residir en Andalucía. Los derechos de sus titulares son los que constan en cada momento en la Base de Datos de Usuarios del Sistema Sanitario Público de Andalucía (BDU) y pueden variar en el tiempo (por ejemplo, cuando el titular de una tarjeta cambia de médico eso se registra en BDU, cuando una persona deja de ser beneficiario y pasa a ser titular de Seguridad Social también se registra).
Las personas extranjeras tienen que pedir tarjeta sanitaria si están de alta en la Seguridad Social Española (por trabajar en Andalucía o ser beneficiario de un trabajador). Las personas con derecho a asistencia a través de mutualidades (MUFACE, por ejemplo), también pueden pedir tarjeta aunque deben hacerlo presencialmente.
El centro de atención telefónica SALUD RESPONDE (902 505 060) atiende las consultas generales y personales sobre la tarjeta sanitaria de Andalucía.
Otras tarjetas de interés [Volver]
Tarjeta sanitaria europea
Normativa [Volver]